martes, 1 de junio de 2010

MODULO POLICIAL

Caracas 1 de junio de 2010


MODULO POLICIAL .

Con gran preocupación observamos una pancarta donde un Consejo Comunal anuncia la construcción de un Modulo Policial a la entrada del Conjunto Residencial, debajo del Puente Ayacucho, lo que seria la antesala para ingresar a nuestra comunidad.
Lo mas alarmante es que no recuerdo nos hayan convocado a una asamblea de vecinos ni nada por el estilo, mas aun, cuando el Morichal es el Edificio que mas apartamentos tiene.
El caso es, que las decisiones tomadas en consenso, esta demostrado, que son las mas efectivas y eficientes.
Sin querer quitar algún merito a la iniciativa de este Consejo Comunal, la experiencia nos dice que debemos ser prudentes, ya que en oportunidades anteriores donde se mantuvo un cuerpo Policial en la Garita de la entrada los resultados fueron catastróficos, basta con leer las actas de junta de condominio donde se plasmaron las denuncias de todo tipo de actos, así como la presencia inusual de indeseables, que vinieron con la actividad policial.
Con la participación de una comunidad activa y responsable, podemos dar soluciones creativas sin perjuicios por tomar decisiones inconsultas, por tal motivo invito a la comunidad del Morichal a que se active.
Es importante que respondan al llamado que se hace a través de este blog haciendo sus comentario y consultas en la opción destinada para tal fin y así podremos evaluar la posición de la comunidad en su conjunto.

Para finalizar, los invito a realizar una asamblea de vecinos para tratar el tema y si alguno de los vecinos conocen a los integrantes del Consejo Comunal recomiéndele lean este Alerta e invítenlos a trabajar mancomunadamente.


Vecino Activo


viernes, 28 de mayo de 2010

¿Las Asambleas se hacen cuando le da la gana a quien. ?

Caracas, 04 de mayo de 2010

Señores

CONDOMINIOS IBIZA S.R.L

Presente.-

Nosotros, los abajo firmantes copropietarios del edificio El Morichal, ubicado en el Conjunto Residencial Parque Paraíso, Urbanización El Paraíso, Caracas, exigimos el cumplimiento del Documento de Condominio, solicitud que hacemos en virtud de que en fecha 27 de abril de 2010, se realizó la primera reunión de la Asamblea Ordinaria, convocada por la Administradora , la cual no tuvo el Quórum requerido y en el Acta levantada se fijo la segunda reunión para el día cuatro (04 de mayo de 2010, sin embargo establece el Documento de Condominio en su artículo 8.24: “Las asambleas son Ordinarias o Extraordinarias, Las Ordinarias deben ser convocadas por la Administradora la primera quincena del mes de marzo de cada año. En su artículo 8.26 …”Sí convocada la primera reunión no se lograse el Quórum indicado, se procederá a convocar en los términos dichos en el artículo anterior a una segunda reunión”, vale decir, artículo 8.25 del Documento de Condominio establece: “Las convocatorias a asamblea serán hechas por el Administrador o por un número de propietarios que represente por lo menos 1/3 de la totalidad de las unidades. Las convocatorias serán publicadas en un diario de amplia circulación en la ciudad de Caracas, con cinco (5) días de anticipación, cuya publicación se hará llegar por medio del administrador a cada propietario o fijada en los lugares más visibles de la Edificación”…Por lo que exigimos a la Administradora CONDOMINIOS IBIZA S.R.L. el cumplimiento de la segunda reunión para la Asamblea Ordinaria que fue fijada para el día cuatro (04) de mayo de 2010, a las 7.00 p.m., tal y como se fijo en el acta de fecha 27 de Abril de 2010, cuyo contenido no fue acatado por la Administradora. Así las cosas, su deber es hacer la publicación de esta convocatoria a la mayor brevedad posible, ya que es deber de la Administradora el cumplimiento de sus funciones como lo establece la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 20 ordinal “C”: “Corresponde al Administrador velar por el cumplimiento de las disposiciones del Documento de Condominio, de su Reglamento y de los acuerdos de los propietarios.” Y el Parágrafo Único de ese artículo establece: “La violación o incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones a que se refiere este artículo por parte de la Administradora dará lugar a su destitución sin perjuicio de las acciones Civiles y Penales a que diere lugar.”

Por lo antes expuesto exigimos a la ADMINISTRADORA CONDOMINIOS IBIZA S.R.L., cumpla con la segunda reunión de la ASAMBLEA ORDINARIA, que se fijó en el Acta de la primera reunión realizada en fecha 27 de abril de 2010, para el día cuatro (04) de mayo de 2010 a las 7.00 p.m. y que no fue acatada por ésta, por lo que reiteramos se convoque la segunda reunión para la Asamblea Ordinaria a la MAYOR BREVEDAD POSIBLE

jueves, 27 de mayo de 2010

COMO EXPLICAR EL DÉFICIT

Caracas 27 de mayo 2010
Edif. EL MORICHAL

COMO EXPLICAR EL DÉFICIT

Primero.- A la fecha Abril de 2010 se han realizados gastos por un monto de BsF. 492.314,55, los cuales no han sido cancelados por los vecinos en sus correspondientes recibos de condominio, en un 82,74 % estos gastos se cubrieron con el fondo de reserva (BsF. 407309,95), la diferencia representa el déficit que se refleja en la cuenta de Caja.

Fondo de Reserva -------------- 407.309,95
Condominios por Cobrar------ 492.314,55
---------------------------------------___________

No cubierto por la Reserva---- (85.004,60)

Segundo.- La parte no cubierta por el Fondo de Reserva se financio con las Reservas, que son partidas que se cargan a gasto y no representan salida de efectivo, por cuanto deberían estar en caja y banco. Por lo que en conclusión, si debería haber en caja 69.406,53 BsF. de las reservas y lo que hay es un sobre giro de 15.597,93, nos da el déficit de 85.004,46.

Fondo de Prest. Soc.----------------- (49.453,46)
Fondo Rep. Asc.------------------------ ( 1.677,70)
Fondo Int. Morat. -----------------------(18.275,37)
------------------------------------------------------------------(69.406,53)
Sobre Giro en Caja -------------------(18.597,93)
Caja Chica ------------------------------__3.000,00
-----------------------------------------------------------------_(15.597,93)
---------Total Déficit.-------------------------------------- _(85.004,46)


Como les explicaba:
Existen vecinos que no pagan sus recibos de condominio oportunamente, igual las Juntas de Condominio han seguido gastando a un ritmo tal que hemos agotado el Fondo de Reserva para hacerle frente a los gastos mensuales.
El caso es que una vez agotado el Fondo de Reserva nos gastamos el Fondo de Prestaciones Sociales de los Conserjes y Auxiliares, así como los otros fondos existentes. ( Fond Rep. Asc. y el de Int. De Mora)
Y por ultimo como si no fuera suficiente creamos un déficit en caja para cubrir el resto o saldo de gastos no cubiertos por los anteriores. ( Sobre Giro en Caja, Financiamiento de terceros )

¿ Solución ?
Si hay, con un programa de reducción de gastos y otras innovaciones, se puede recuperar el déficit de caja y parte del Fondo de Reserva..

El Morichal es recuperable, con la participación de los vecinos.

miércoles, 28 de abril de 2010

LA LEY DEBE CUMPLIRSE

DOCUMENTO DE CONDOMINIO Y
REGALMENTO
Asambleas:

ARTICULO 8.26: Las Asambleas quedarán válidamente constituidas si se encontraren presentes el Setenta y Cinco por Ciento (75%) de los propietarios del inmueble, y para la validez de los acuerdos y resoluciones tomadas se requerirá el voto favorable del Cincuenta y Uno por Ciento (51%) de las personas presentes, que en todo caso deberán ser propietarios y estar solventes en el pago de sus respectivos Recibos de Condominio. Si convocada la primera reunión no se lograse el “Quórum” indicado, se procederá a convocar en los términos dichos en el articulo anterior a una Segunda Reunión, y si también en esta no se lograre ese “QUÓRUM”, se convocara a una Tercera Reunión para el mismo día y a la misma hora de la semana siguiente, la cual quedara validamente constituida con el numero de propietarios presentes y sus decisiones serán validas y de obligatorio cumplimiento para todo el Condominio si han sido aprobadas con el voto favorable del Cincuenta y Uno por Ciento (51%) de los allí presentes. En los casos que lo considere el Administrador del Condominio previa opinión favorable de la Junta de Propietarios, se podrá proceder por la vía de consultas conforme al procedimiento establecido en la “Ley de Propiedad Horizontal”.

martes, 2 de marzo de 2010

La Ley Debe Cumplirse

DOCUMENTO DE CONDOMINIO

ASAMBLEAS:

ARTICULO 8.24: Las Asambleas son Ordinarias y Extraordinarias. Las Ordinarias se reunirán la primera quincena del mes de Marzo de cada año, La Primera Asamblea Ordinaria será convocada por mi representada o por quien ejerciere la Administración del inmueble, una vez que se haya protocolizado la venta del Setenta y Cinco por Ciento (75%) de las unidades vendibles del inmueble objeto de este Documento, la cual tendrá lugar dentro de os sesenta (60) días siguientes a la fecha de la protocolización de la venta que complete el Porcentaje referido.; oportunidad en la cual deberá elegirse la Junta de Condominio.

ARTICULO 8.25: Las Convocatorias o Asambleas serán hechas por el Administrador o un numero de propietarios que representen por lo menos un Tercio (1/3) de la totalidad de las unidades vendibles del inmueble y que estén solventes en el pago de sus respectivos Recibos de Condominio. Las Convocatorias serán publicadas ....

LEY DE PROPIEDAD HORINZONTAL

ARTICULO 20. Corresponde al administrador.


a)...

b)...
c) Cumplir y velar por el cumplimiento de las disposiciones del documento de condominio, de su reglamento y de los acuerdos de los propietarios;

d) ........

martes, 6 de octubre de 2009

HISTORIA DEL MORICHAL (Permisologia)

Conoce las fechas de la permisologia de tu Edificio:

Permiso " SANITARIO DE HABITABILIDAD" 84-1234, 17 de agosto de 1984. (S.A.S )

"CERTIFICADO DE CONFORMIDAD" Gobernación del Distrito Federal. Cuerpo de Bomberos
de fecha 29 de agosto de 1984.

" PERMISO DE HABITABILIDAD " Gobernacion del Distrito Federal, Direccion General de Desarrollo Urbano, de fecha 7 de noviembre de 1984.

ZOMBI.

ALEJAR A LOS DELICUENTES

ALEJAR A LOS DELINCUENTES
Publicado por
Gecheverria en 11/7/2009 (140 Lecturas)
Vecinos Prevención del delito ALEJAR A LOS DELINCUENTES Los vecinos deben asociarse para desarrollar y supervisar acciones de seguridad que protejan su inmueble y la comunidad
Al disminuir los robos, el vandalismo y otros crímenes similares, se reducen los costos de reemplazo de objetos dañados, sustraídos y de mantenimiento del inmueble. Del mismo modo, estas acciones conducen al aumento del valor de reventa de la propiedad y permite a los propietarios atraer a inquilinos más responsables.Es lo que señala el estudio Tres factores intervienen en la prevención de la delincuencia realizado por Enterprise Community Investment. Sus especialistas agregan que los servicios de seguridad deben estar incluidos en todos los programas de servicios a condominios.Según la investigación, hay tres componentes en la prevención de los delitos: el delincuente, la víctima y la oportunidad. La interacción entre estos marcará la presencia o no del acto punible.Al eliminar uno de esos factores, desaparece el desacato al orden.Sistemas domésticos. Armando Pernía, supervisor de una empresa de vigilancia privada, recomienda: "Conozca a sus vecinos, mantenga una relación cordial y respetuosa con ellos, pues podrían ayudarle a prevenir delitos con alguna advertencia o apoyarle en acciones para repeler el hampa, en caso que se esté produciendo una agresión".En este sentido, hay algunas comunidades organizadas. De acuerdo con Carlos Sagarzazu, jefe de seguridad en la calle Mercurio de Santa Paula, en El Cafetal, la comunidad instaló en el medio de la calle una sirena a través de la cual alertan a los vecinos."El estruendoso sonido indica a los habitantes de la zona que algo fuera de lo común está sucediendo, y cada quien reacciona reforzando la seguridad de su vivienda y poniéndose en contacto con el resto de la comunidad", señaló. Además, cada siete casas tienen un radio walkie talkie que sirve para comunicarse en caso de emergencia.Otro ejemplo ocurre en la calle principal de San Luis, en El Cafetal, donde utilizan pitos para señalar que está ocurriendo una situación inesperada. En otro extremo de la calle colocan banderas en las ventanas.Soluciones profesionales. Pernía sugiere contratar una empresa de vigilancia privada, previa rigurosa selección de la empresa que proveerá el servicio. Comenta que el procedimiento que normalmente utilizan los usuarios inexpertos es seleccionar de las páginas amarillas tres empresas, a las que les solicitan telefónicamente una cotización de vigilante diurno y nocturno, luego proceden a elegir el proveedor, tomando en consideración sólo el precio cotizado.Aclara: "Los servicios de vigilancia no son económicos, y contratar a la empresa equivocada puede significar pérdidas de dinero que sobrepasen el monto que se supone se está ahorrando".Según las estadísticas de las empresas del sector, 90% de los delitos contra la propiedad se cometen en ausencia de sus propietarios y en lugares que no cuentan con sistemas de alarma y detección para avisar a autoridades policiales, vecinos y oficiales de seguridad.De acuerdo con el especialista, toda empresa al momento de ofrecer sus servicios debe acompañar la cotización con un paquete de presentación, que tiene que incluir la resolución del Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia, constancia de inscripción en la Cámara Nacional de Vigilancia y Protección de Venezuela (Canavipro), lista actualizada de clientes, currículum del personal directivo y gerencial, copia de pólizas de seguros, folleto descriptivo del o de los servicios y permiso de funcionamiento de la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional.El contratante también puede solicitar la última declaración de IVA, solvencias de IVSS, Canavipro, INCE, y del sindicato, así como la copia del informe de la última inspección realizada por la Dirección General de Supervisión y Control de Empresas de Vigilancia del MIJ y del Darfa.Una vez obtenida y verificada toda esta información, se debe proceder a fijar una entrevista con las gerencias de operaciones, recursos humanos y administración en las instalaciones de la empresa, con el objeto de conocer sus procedimientos.DULCE MARÍA RODRÍGUEZ
Publicado en:El Nacional – cuerpo Metros Cuadrados